La Secretaría de Bienestar Social, dependencia de la Alcaldía Municipal de Pasto, dio a conocer el cronograma de pagos del programa Colombia Mayor, atendiendo las directrices que, a nivel nacional, ha impartido el Departamento de Prosperidad Social.

La entrega del subsidio económico, corresponde al ciclo 9 del mes de septiembre, según el comunicado oficial, en la zona urbana de Pasto se cuenta con 120 puntos de pago través de Supergiros, para la zona rural, los funcionarios de dicha empresa se desplazarán a los corregimientos donde no haya un punto fijo.

El día miércoles 11 de octubre de 2023, se realizará en el corregimiento El Socorro la entrega del subsidio económico en el salón comunal entre las 8:00 a.m. y 10:00 a.m.

El mismo día, se hará la entrega del incentivo a los beneficiarios del corregimiento de Santa Bárbara en el salón comunal entre las 10:30 a.m. y 2:00 p.m.

Si por cuestiones de salud no puede realizar el cobro, podrán contactarse previamente con Supergiros, para que efectúen el pago en su lugar de domicilio, para ello; debe comunicarse a las siguientes líneas telefónicas y solicitar dicho servicio: 3117623554.

En el caso de perder la cédula original, el beneficiario debe tramitar la expedición de contraseña ante la Registraduría Municipal. Cabe aclarar que el pago con contraseña está autorizado temporalmente, por ello es necesario acceder a esta lo antes posible y dirigirse hasta las instalaciones del Centro Vida ubicado en la Secretaría de Bienestar Social (Antiguo Inurbe) para hacer entrega de copia de la contraseña y tramitar la solicitud de pago con el soporte del documento en trámite.

Los pagos de subsidios a través de terceros son de carácter transitorio no permanente, es decir para casos excepcionales que por  motivo de fuerza mayor no pueda cobrar (enfermedad, viaje temporal u otros); para ello, el autorizado deberá presentar la cédula original junto con la cédula del beneficiario ante la notaría y solicitar el pago a través del correspondiente poder que se tendrá que diligenciar cada cuatro meses y, además, debe incluir la solicitud escrita y contener los siguientes datos básicos:

•             A quién se autoriza.

•             Quién autoriza.

•             Para qué se autoriza.

Para más información, la Secretaría de Bienestar Social habilitó la siguiente línea de atención: 602 7244326 Ext. 3001.

La atención por medio de esta línea se realizará en los horarios de: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

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